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DEDUCIBILIDAD
DEL GMF EN LAS DECLARACIONES DE RENTA
A
partir del año 2007 la Ley autorizó que los declarantes de renta tanto
persona naturales como personas jurídicas puedan deducir en sus
declaraciones de renta el 25% del gravamen a los movimientos
financieros (GMF), mejor conocido como 4 por mil, que se haya pagado durante
el año que se declara. En la Reforma Tributaria 2010 se autoriza que a
partir del año 2013 se pueda deducir el 50% del gravamen a los
movimientos financieros certificado.
Mediante el Concepto
DIAN 025208 de abril 12 de 2011 que se puede consultar en la sección
de Conceptos DIAN de
DECLARANTE.CO
se precisó que la deducción del 25% del GMF
pagado sigue vigente para los años 2011 y 2012. A partir del año 2013 la
deducción será del 50% del GMF pagado.
Dentro de lo establecido por la norma con respecto a este tema
encontramos que :
-
No se requiere que el GMF tenga
relación causa-efecto con la renta generada.
-
El GMF retenido debe ser
certificado por las entidades que efectuaron dicha retención.
-
La persona debe conservar la
certificación del GMF retenido dentro de los soportes de su
Declaración de Renta.
-
Por tratarse de una deducción y no
de un descuento el efecto final sobre el impuesto de renta será un
menor valor igual al monto del GMF deducido multiplicado por la
tarifa de renta que le corresponda al declarante.
Para el caso de una persona con
ingresos anuales de $100 millones, y asumiendo que dichos ingresos le
generaron durante el año un GMF de $400.000.oo, podría incluir dentro
del renglón de costos y deducciones de su Declaración de Renta el 25%,
es decir $100.000.oo,
siempre y cuando tenga en su poder los certificados de retención de las
entidades que le retuvieron dicho impuesto. Al incluir esta deducción y
suponiendo que la persona tiene una tarifa de impuesto del 33% se
obtendría un menor impuesto de renta de $33.000.oo.
De los cálculos anteriores se puede concluir que el efecto de esta
deducción no es significativo para las personas naturales. Para una
persona jurídica que en lugar de pagar $400.000.oo de GMF en el año haya pagado
$40.000.000.oo las cifras de arriba habría que multiplicarlas todas por
100, con lo cual se obtendría un menor impuesto de $3.300.000.oo.
Recuerde que en
DECLARANTE.COM
le asesoramos integralmente en lo relacionado con su impuesto de renta
para que evite requerimientos de la DIAN y pueda utilizar legalmente
todas las opciones que le brindan las normas para reducir dicho impuesto
o diluirlo en el
tiempo.
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