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DEDUCIBILIDAD DEL GMF EN LAS DECLARACIONES DE RENTA

A partir del año 2007 la Ley autorizó que los declarantes de renta tanto persona naturales como personas jurídicas  puedan deducir en sus declaraciones de renta el 25% del gravamen a los movimientos financieros (GMF), mejor conocido como 4 por mil, que se haya pagado durante el año que se declara. En la Reforma Tributaria 2010 se autoriza que a partir del año 2013 se pueda deducir el 50% del gravamen a los movimientos financieros certificado.

Mediante el Concepto DIAN 025208 de abril 12 de 2011 que se puede consultar en la sección de Conceptos DIAN de
DECLARANTE.CO se precisó que la deducción del 25% del GMF pagado sigue vigente para los años 2011 y 2012. A partir del año 2013 la deducción será del 50% del GMF pagado.

Dentro de lo establecido por la norma con respecto a este tema encontramos que :

  • No se requiere que el GMF tenga relación causa-efecto con la renta generada.

  • El GMF retenido debe ser certificado por las entidades que efectuaron dicha retención.

  • La persona debe conservar la certificación del GMF retenido dentro de los soportes de su Declaración de Renta.

  • Por tratarse de una deducción y no de un descuento el efecto final sobre el impuesto de renta será un menor valor igual al monto del GMF deducido multiplicado por la tarifa de renta que le corresponda al declarante.

Para el caso de una persona con ingresos anuales de $100 millones, y asumiendo que dichos ingresos le generaron durante el año un GMF de $400.000.oo, podría incluir dentro del renglón de costos y deducciones de su Declaración de Renta el 25%, es decir $100.000.oo, siempre y cuando tenga en su poder los certificados de retención de las entidades que le retuvieron dicho impuesto. Al incluir esta deducción y suponiendo que la persona tiene una tarifa de impuesto del 33% se obtendría un menor impuesto de renta de $33.000.oo.

De los cálculos anteriores se puede concluir que el efecto de esta deducción no es significativo para las personas naturales. Para una persona jurídica que en lugar de pagar $400.000.oo de GMF en el año haya pagado $40.000.000.oo las cifras de arriba habría que multiplicarlas todas por 100, con lo cual se obtendría un menor impuesto de $3.300.000.oo.

Recuerde que en
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