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RESPUESTAS A SUS PREGUNTAS


¿Qué tratamiento tributario tiene una pensión que se adquiere mediante un acuerdo de "pensión anticipada"  por retiro voluntario de una empresa?

R/ La figura denominada "pensión anticipada" no está cobijada por la exención a las pensiones que menciona el numeral 5 del artículo 206 del Estatuto Tributario, lo cual quiere decir que es un ingreso laboral normal tanto para efectos de Retención en la Fuente como de Declaración de Renta.

La posición anterior está explicada en el Concepto 26979 de mayo 11 de 2005 cuyo texto se puede consultar en
DECLARANTE.COM en la sección de Conceptos DIAN.

¿Cual es el tratamiento tributario de las pensiones?

R/ De acuerdo con el Estatuto Tributario las pensiones son exentas del impuesto de renta en la parte que no exceda de 50 salarios mínimos mensuales (1000 UVT a partir del año 2007). Lo que exceda de 50 salarios mínimos mensuales no tiene derecho a la renta exenta general del 25%. Las pensiones se consideran ingresos laborales por lo cual para efectos de la obligación de declarar renta deben compararse contra el respectivo límite anual.


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