RESPUESTAS A SUS PREGUNTAS |

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¿Qué tratamiento tributario
tiene una pensión que se adquiere mediante un acuerdo de "pensión
anticipada" por retiro voluntario de una empresa?
R/ La figura denominada
"pensión anticipada" no está cobijada por la exención a las pensiones
que menciona el numeral 5 del artículo 206 del Estatuto Tributario, lo
cual quiere decir que es un ingreso laboral normal tanto para efectos de
Retención en la Fuente como de Declaración de Renta.
La posición anterior está explicada en el
Concepto 26979 de
mayo 11 de 2005 cuyo texto se puede consultar en DECLARANTE.COM
en la sección de Conceptos DIAN.
¿Cual es el tratamiento tributario de las pensiones?
R/ De acuerdo con el Estatuto
Tributario las pensiones son exentas del impuesto de renta en la parte
que no exceda de 50 salarios mínimos mensuales (1000 UVT a partir
del año 2007). Lo que exceda de 50
salarios mínimos mensuales no tiene derecho a la renta exenta general
del 25%. Las pensiones se consideran ingresos laborales por lo cual para
efectos de la obligación de declarar renta deben compararse contra el
respectivo límite anual.
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