DECLARANTE.COM

Le ayudamos a reducir su impuesto de renta personal

                    Enviar esta página a un amigo

 

Principal
Implicaciones
Impacto financiero
Sanciones
Conceptos DIAN
Notas de interés
Preguntas
Descargar archivos
Nuestros productos
Consultorio en Línea
Registrar correo
Contáctenos
Acerca de nosotros


RECOMENDACIONES PARA MANEJAR CARTAS RECIBIDAS DE LA DIAN

Es probable que usted o una persona cercana hayan recibido una de las cartas que ha enviado la DIAN a personas que podrían haber estado obligadas a declarar y no lo hicieron. Para manejar esta situación le sugerimos tener en cuenta las siguientes recomendaciones :

  • No se angustie, el recibir la carta no implica que necesariamente deba impuestos o vaya a tener que pagar sanciones.

  • Si declaró renta para los períodos por lo cuales le escriben envíele a la DIAN una comunicación con copia de la declaración presentada siguiendo las instrucciones de la carta que recibió.

  • Revise cuidadosamente todos los requisitos que lo habrían obligado a declarar en el año por el cual la DIAN le envió el comunicado. Recuerde que no es sólo ingreso y patrimonio. Se puede también estar obligado a declarar por compras efectuadas, consumos hechos con tarjeta de crédito, consignaciones bancarias acumuladas, porcentaje de ingresos sometidos a retención en la fuente y por el hecho de ser responsable de IVA.

  • Recuerde que cumplir uno solo de los requisitos lo obliga a declarar renta.

  • Si concluye que no está obligado a declarar renta envíele una comunicación sustentada a la DIAN siguiendo las instrucciones de la carta que recibió.

  • Si concluye que si está obligado a declarar renta debe presentar la declaración de renta omitida, liquidar la sanción que corresponda y los intereses de mora, y enviarle una carta a la DIAN con copia de la declaración ya presentada siguiendo las instrucciones de la carta que recibió.

  • Tenga en cuenta que si no dispone de dinero para pagar la sanción y los intereses de mora puede presentar la declaración y negociar luego con la DIAN un plazo para el pago. Si lo hace de esta forma usted "para el taxímetro" de la sanción por extemporaneidad lo cual le ahorrará dinero.

  • Póngale atención a las comunicaciones de la DIAN. Las deudas con la DIAN por impuesto de renta pueden derivar en el embargo de sus bienes, sus cuentas bancarias y su salario. Si se trata de IVA y Retención en la Fuente además del embargo se pueden llegar a tener sanciones privativas de la libertad.

En DECLARANTE.COM podemos apoyarle en el manejo de este proceso mediante nuestro producto ASESORIA EN RESPUESTA A REQUERIMIENTOS sobre el cual podrá encontrar mayor información haciendo clic aquí.
 

CONSULTA PERSONAL POR E-MAIL
Obtenga respuesta personalizada para sus consultas sobre impuestos utilizando nuestro producto CONSULTA PERSONAL POR E-MAIL. Para más información por favor haga clic aquí.

 

******
Para volver a nuestra página principal por favor haga clic aquí. Para continuar navegando en nuestro sitio en Internet por favor seleccione cualquier de las opciones que encontrará en la barra ubicada a su izquierda.

 

Si encuentra inconvenientes  técnicos  con esta página, tiene alguna pregunta acerca de como se elaboró, o le interesa implementar un modelo de negocio similar a este por favor diríjase a nuestra página de contacto haciendo clic aquí

Copyright © 2002 - 2013  DECLARANTE.COM  
Todos los derechos reservados
No está permitida la reproducción parcial o total del contenido de esta página sin la autorización previa y por escrito de DECLARANTE.COM